Persona y Sociedad (III): Principios rectores del orden social


(ver: Módulo 3,  Principios de reflexión sobre valores permanentes)

Pío XII


Los  Principios rectores del Orden Social son tres, a saber:

Subsidiariedad: es el principio supremo de la filosofía social, según Pío XI:
“...principio inamovible e inmutable: como no se puede quitar a los individuos y darlo a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo, constituyendo un grave perjuicio y perturbación del recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero no destruirlos y absolverlos.”

El Estado, en función de este principio, debe:
* Fomentar el surgimiento de cuerpos intermedios;
*  Estimularlos, mediante facilidades (ej.: exenciones impositivas);
*  Ordenar su funcionamiento y fiscalizarlos;
*  Suplir su actividad, cuando resulte imprescindible.

Solidaridad: hacerse uno con el prójimo; es un recíproco estar unidos y obligados. Con la práctica de esta virtud se logra que los grupos y las personas colaboren entre sí, suavizando las diferencias. La solidaridad exige que aquellos que tienen algún talento recibido de Dios, no lo entierren sino que lo compartan. No es sólo ayudar y donar, sino hacer uso social de los bienes y talentos propios.
Este principio rige también en el plano internacional, como lo expresó Pablo VI:
“El deber de solidaridad de las personas es también el de los pueblos. (...) Si es normal que una población sea el primer beneficiario de los dones otorgados por la Providencia como fruto de su trabajo, no puede ningún pueblo, sin embargo, pretender reservar sus riquezas para su uso exclusivo.” (Populorum Progressio, 48)

Bien común: desde la antigüedad se interpretó la relación de los hombres y la sociedad, con la analogía del organismo. La sociedad, decía San Agustín, se asemeja a un olivo cuyas hojas caen y vuelven a nacer, mientras el tronco y la raíz permanecen. La sociedad humana sobrevive al continuo cambio de los individuos que la componen. Es una unidad de orden: conjunto de personas que se relacionan para la consecución del bien común.

El bien común es la base de la legitimidad política, para lo cual deben darse en una sociedad tres condiciones, según Sto. Tomás:
ü  que asegure la paz de todos los que forman la comunidad, sin injusticias ni desigualdades irritantes;
ü  que todas las personas y grupos sociales se empeñen en alcanzar una convivencia humana virtuosa;
ü  que todos tengan bienes, materiales, culturales y espirituales, en el grado más alto que permita la realidad.
Cuando se verifican estas tres condiciones, se logra la concordia: vínculo unitivo que da cohesión a la sociedad.

Si queremos analizar si este principio está vigente en nuestra sociedad argentina, basta repasar algunas cifras oficiales. Existen hoy 16.400.000 de pobres (44,3 %) y 6.300.000 de indigentes (l7 %). Simultáneamente, l.4l3.537 jóvenes de entre l5 y 29 años, no estudian ni trabajan, y uno de cada dos niños menores de 2 años, tiene anemia por deficiencia de hierro, lo que afecta su desarrollo cognitivo.
La conclusión es indiscutible: no rige en la Argentina el bien común.

El Santo Padre, advirtió en una audiencia oficial al entonces Presidente de la República:
“Mirando a la Argentina hago votos para que el patrimonio de la Doctrina Social de la Iglesia siga siendo un valioso instrumento de orientación para superar los problemas que obstaculizan la edificación de un orden más justo, fraterno y solidario. Detrás de las situaciones de injusticia existe siempre un grave desorden moral, que no se mejora aplicando solamente medidas técnicas...”. (Juan Pablo II, 7-4-03)